martes, 29 de diciembre de 2009

COPYRIGHT

A fin de explicar mis ideas en la materia, quisiera repasar la historia de la difusión de información y del copyright. En el mundo antiguo, los libros se escribían a mano con una pluma y cualquiera que supiera cómo leer y escribir podía copiar un libro casi tan eficientemente como los demás. Cierto que alguien que lo hiciese todo el día probablemente aprendería a hacerlo un poco mejor, pero no había una gran diferencia. Y como las copias se hacían de una en una, no existía una gran economía de escala. Hacer diez copias llevaba diez veces más tiempo que hacer una copia. Tampoco había nada que forzara la centralización; un libro podía copiarse en cualquier lugar.

Ahora bien, debido a las características de esta tecnología, dado que no obligaba a que las copias fueran idénticas, no había en la antigüedad una distinción total entre copiar un libro y escribir un libro. Había cosas en el medio que tenían sentido. Entendían. sí, la idea de autor. Sabían, digamos, que tal obra había sido escrita por Sófocles, pero entre la escritura del libro y su copia había otras cosas útiles que podías hacer. Por ejemplo, podías copiar una parte de un libro, después añadir algunas palabras nuevas, copiar algo más y escribir algo más, y así. Esto se llamaba «escribir un comentario». Era algo muy común y estos comentarios eran apreciados.

Podías también copiar un pasaje de un libro, después añadir algunas palabras y copiar un pasaje de otro libro y añadir más palabras, y así... y esto era hacer un compendio. Los compendios también eran muy útiles. Hay obras que se han perdido, pero algunas de sus partes sobrevivían citadas en otros libros que alcanzaban mayor popularidad que el original. Quizás copiaban las partes más interesantes y así la gente hacía muchas copias de estos fragmentos pero no se molestaban en copiar el original porque no era lo bastante interesante.

Hasta donde yo sé, no había copyright en el mundo antiguo. Cualquiera que quisiera copiar un libro podía copiarlo. Más tarde se inventó la imprenta y los libros empezaron a copiarse en la imprenta. La imprenta no era sólo una mejora cuantitativa en la facilidad de copia, sino que afectaba de manera diferente a los distintos tipos de copiado, ya que introducía una economía de escala inherente. Era mucho trabajo preparar cada página pero mucho menos trabajo hacer varias copias idénticas de la misma. El resultado fue que copiar libros tendió a convertirse en una actividad centralizada y de producción masiva. Las copias de cualquier libro se harían probablemente sólo en unos pocos lugares.

También significó que los lectores ordinarios no podrían copiar libros eficientemente. Sólo si tenías una imprenta podías hacerlo. Se trataba de una actividad industrial.

Durante los primeros siglos de imprenta, los libros impresos no reemplazaron totalmente a los copiados a mano. Las copias artesanales todavía se hacían, a veces por gente rica y a veces por gente pobre. Los ricos lo hacían para tener copias especialmente hermosas, que mostraran lo ricos que eran, y los pobres lo hacían porque quizás no tenían suficiente dinero para comprar una copia impresa, pero tenían tiempo para copiar a mano un libro. Como dice la canción: «el tiempo no es dinero cuando todo lo que tienes es tiempo».

De este modo, el copiado a mano todavía se hacía con una determinada profusión. Creo que fue durante el siglo XIX cuando la impresión se volvió tan barata que incluso la gente pobre podía comprarse libros impresos si sabía leer.

El copyright apareció con el uso de la imprenta y dada la tecnología de la imprenta, tenía el efecto de una regulación industrial. No restringía lo que podían hacer los lectores; restringía lo que podían hacer los editores y los autores. El copyright en Inglaterra inicialmente fue una forma de censura. Tenías que obtener un permiso del gobierno para publicar el libro. Pero la idea cambió. En los tiempos de la Constitución de los Estados Unidos, la gente adoptó una idea diferente del propósito del copyright y creo que esa idea también fue aceptada en Inglaterra.

En la redacción de la Constitución de los EEUU se propuso que a los autores se les debería otorgar un copyright, un monopolio sobre la copia de sus libros. Esta propuesta fue rechazada. En cambio, fue adoptada una propuesta crucialmente diferente: con el fin de promover el progreso, el Congreso podría opcionalmente establecer un sistema de copyright que creara esos monopolios. Estos monopolios, de acuerdo con la Constitución de los EEUU, no existen por el bien de sus propietarios, sino para promover el progreso de la ciencia. Los monopolios se conceden a los autores como un modo de influir en su comportamiento, para lograr que hagan algo que sirva al público.

De este modo, el objetivo es tener más libros escritos y publicados que la gente pueda leer. Y se cree que el copyright contribuye al incremento de la actividad literaria, al incremento de la escritura científica y en otros campos, y que la sociedad aprende así a través de él. Ése es el propósito al que debe servir. La creación de monopolios privados era sólo un medio para procurar un fin y este fin es un fin público.

El copyright en la era de la imprenta era bastante inofensivo, pues se trataba de una regulación industrial. Restringía sólo las actividades de los editores y de los autores. Bueno, en sentido estricto, también los pobres que copiaban libros a mano podrían haber infringido la ley de copyright. Pero nadie trató nunca de forzarlos a respetar el copyright ya que se entendía como una regulación industrial.
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El copyright en la era de la imprenta también era fácil de hacer cumplir, dado que tenía que hacerse cumplir sólo donde había un editor y los editores, por su naturaleza, se hacen conocer. Si estás tratando de vender libros, tienes que decirle a la gente dónde ir a comprarlos. No tienes que entrar en la casa de todo el mundo para hacerles respetar el copyright.

En definitiva, el copyright puede haber sido un sistema beneficioso en aquel contexto. El copyright en EEUU es considerado por los especialistas en Derecho como un trato comercial, un contrato entre el público y los autores. El público cede algunos de sus derechos naturales y a cambio se beneficia con la escritura y la publicación de mayor cantidad de libros.

Ahora, ¿es éste un trato ventajoso? Bien, cuando el público en general no puede hacer copias porque sólo pueden hacerse eficientemente en las imprentas —y la mayoría de la gente no tiene imprenta— el resultado es que el público en general está cediendo una libertad que no puede ejercer, una libertad sin ningún valor práctico. Si tienes algo que es un subproducto en tu vida y que es inútil, y tienes la oportunidad de intercambiarlo por algo de algún valor, estás ganando. Así es cómo el copyright pudo haber sido un trato ventajoso para el público en aquella época.

Pero el contexto está transformándose y eso debe cambiar nuestra evaluación ética del copyright. Ahora bien, los principios básicos de la ética no se modifican por los avances de la tecnología; son demasiado fundamentales para estar afectados por tales contingencias. Sin embargo, nuestra decisión sobre cualquier asunto específico depende de las consecuencias de las alternativas disponibles y las consecuencias de una determinada opción pueden cambiar si el contexto cambia. Eso es lo que está ocurriendo con el copyright, la era de la imprenta está llegando a su fin, dando paso gradualmente a la era de las redes informáticas.

Las redes informáticas y la tecnología de la información digital nos están devolviendo a un mundo más parecido a la antigüedad, donde cualquiera que pueda leer y usar la información puede también copiarla y hacer copias casi tan fácilmente como cualquiera. Son copias perfectas y son tan buenas como las que podría hacer cualquiera. De este modo, la centralización y las economías de escala introducidas por la imprenta están desapareciendo.

Este contexto cambiante modifica el modo en que funciona la legislación de copyright. Veréis, la ley de copyright ya no actúa como una regulación industrial; ahora es una restricción draconiana sobre el público en general. Solía ser una restricción sobre los editores por el bien de los autores. Ahora, por propósitos prácticos, es una restricción sobre el público en provecho de los editores. El copyright solía ser bastante inofensivo y poco controvertido. No restringía al público en general. Ahora eso ya no es verdad. Si tienes un ordenador, los editores consideran la restricción como su más alta prioridad. El copyright era fácil de hacer cumplir porque era una restricción que pesaba sólo sobre los editores, que eran fáciles de encontrar —y lo que publicaban era fácil de ver. Ahora el copyright es una restricción que pesa sobre cada uno de vosotros. Su cumplimiento requiere vigilancia, intrusión y duros castigos, observamos cómo se está incorporando a la legislación de los EEUU y de otros países.

El copyright solía ser, discutiblemente, un trato ventajoso para el público porque el público estaba cediendo libertades que no podía ejercer. Bueno, ahora sí puede ejercer estas libertades. ¿Qué haces si te has acostumbrado a ceder un subproducto que no te era útil y, de pronto, descubres un uso para él? Puedes, de hecho, consumirlo, usarlo. ¿Qué haces? No lo negocias; te guardas algo. Y eso es lo que el público querría naturalmente hacer. Eso es lo que el público hace cada vez que se le da la oportunidad de expresar su preferencia. Se guarda algo de su libertad y la ejerce. Napster es un gran ejemplo de eso: el público decide ejercer la libertad de copiar en vez de entregarla. Entonces lo que naturalmente debemos hacer para conseguir que la legislación de copyright se ajuste a las circunstancias actuales, es reducir la cantidad de restricciones que pesan sobre el público e incrementar la libertad que el público conserva.

Pero esto no es lo que los editores quieren hacer. Lo que ellos quieren hacer es exactamente lo contrario. Ellos quisieran incrementar los poderes del copyright hasta el punto de que les permita controlar todo el uso de la información. Esto ha llevado a leyes que han concedido un incremento sin precedentes de los poderes de copyright. Se están retirando libertades que el público solía tener en la época de la imprenta.

Por ejemplo, echemos un vistazo a los libros electrónicos. Hay una tremenda cantidad de publicidad sobre los libros electrónicos; difícilmente puedes evitarla. Tomé un vuelo en Brasil y en la revista de a bordo había un artículo diciendo que quizás iba a llevar diez o veinte años hasta que todos nosotros nos pasáramos a los libros electrónicos. Claramente, este tipo de campaña viene de alguien que está pagando por ella. Ahora bien, ¿por qué lo están haciendo? Creo que lo sé. La razón es que los libros electrónicos son la oportunidad de retirar a los lectores de libros impresos algunas de las libertades residuales que tienen y que siempre tuvieron. La libertad, por ejemplo, de prestarle un libro a un amigo, o de tomarlo prestado de una biblioteca pública, o de vender una copia a una librería de viejo, o de comprar una copia anónimamente, sin dejar registrado en una base de datos quién compró ese libro en particular. Y puede que aún el derecho a leerlo dos veces.

Éstas son libertades que los editores quisieran retirar, pero no pueden en el caso de los libros impresos porque sería una usurpación de poder muy obvia y generaría protesta. Entonces encontraron una estrategia indirecta: primero, obtienen la legislación para retirar esas libertades a los libros electrónicos cuando todavía no hay libros electrónicos, así no hay controversia. No hay usuarios preexistentes de libros electrónicos acostumbrados a sus libertades y dispuestos a defenderlas. Eso es lo que consiguieron con la Digital Millenium Copyright Act en 1998. Entonces introducen los libros electrónicos y gradualmente logran que todos se pasen de los libros impresos a los libros electrónicos, eventualmente el resultado es: los lectores perdieron esas libertades sin que jamás haya habido un instante en el que esas libertades les fueran retiradas y en el que ellos pudieran haber luchado para conservarlas.

Vemos al mismo tiempo esfuerzos para retirarle a la gente la libertad de usar otro tipo de obras publicadas. Por ejemplo, las películas en DVD se publican con un formato cifrado que iba a ser secreto —se suponía que iba a ser secreto— y la única forma en que las compañías cinematográficas iban a darte el formato, de manera que pudieras fabricar un reproductor de DVD, era si firmabas un contrato comprometiéndote a incluir ciertas restricciones en el reproductor, con el resultado de que se impediría al público el ejercicio completo de sus derechos legales. Entonces unos cuantos astutos programadores en Europa encontraron la forma de descifrar los DVD y escribieron un paquete de software libre que podía leer un DVD.
4 Esto hizo posible usar software libre sobre el sistema operativo GNU/Linux para ver el DVD que habías comprado, lo cual es algo perfectamente legítimo. Deberías tener derecho a hacer eso con software libre.

Pero las compañías cinematográficas reclamaron y fueron a juicio. Ya veis, las compañías cinematográficas han hecho un montón de películas en las que hay un científico loco y alguien dice «pero doctor, hay ciertas cosas que se supone que el Ser Humano no debe conocer». Seguramente han visto demasiadas de sus propias películas porque llegaron a creer que el formato de los DVD es algo que el Ser Humano no debía conocer. Y obtuvieron un fallo para censurar totalmente el software reproductor de DVD. Prohibieron hasta linkar a una pagina web fuera de los EEUU en donde esta información estuviera legalmente disponible. Se ha hecho una apelación a este fallo. Me enorgullece decir que yo firmé un breve alegato en aquella apelación, aunque represento un papel bastante pequeño en esa batalla en particular.

El gobierno de los EEUU intervino directamente en favor del bando contrario. Esto no es sorprendente cuando consideras porqué la Digital Millennium Copyright Act fue aprobada en la primera votación. La razón es el sistema de financiación de campañas políticas que tenemos en EEUU, que es esencialmente un soborno legalizado, donde los candidatos son comprados por las empresas antes de ser siquiera elegidos. Y, por supuesto, ellos saben quién es su amo —saben para quién trabajan— y aprueban las leyes que les dan más poder a las compañías.

Qué ocurrirá con aquella batalla en particular, no lo sabemos. Pero mientras tanto Australia ha aprobado una ley similar y Europa está terminando de adoptar una: así que el plan es no dejar lugar en la Tierra donde esta información esté disponible para el público. Sin embargo, los EEUU siguen siendo el líder mundial en tratar de impedir que el público distribuya información que ha sido publicada.

Los EEUU, sin embargo, no son el primer país en hacer de esto una prioridad. La Unión Soviética trató este tema como algo muy importante. Allí, la copia y redistribución no autorizadas eran conocidas como samizdat y para erradicarlas desarrollaron una serie de métodos: primero, guardias vigilando cada equipo de copia para verificar qué es lo que copiaba la gente e impedir hacer copias prohibidas. Segundo, duros castigos para cualquiera que pescaran haciendo copias prohibidas. Te podían mandar a Siberia. Tercero, buscar informantes, pidiéndole a todo el mundo que delate a sus vecinos y compañeros a la policía de la información. Cuarto, responsabilidad colectiva: «¡Tú! ¡Tú vas a vigilar a ese grupo! Si pesco a cualquiera de ellos haciendo copias prohibidas, irás a prisión. Así que vigílalos bien». Y quinto, propaganda, empezando en la niñez para convencer a todos de que sólo un horrible enemigo del pueblo podría perpetrar este copia prohibido.

Los EEUU están usando todos estos métodos ahora. Primero, guardias vigilando los equipamientos de copia. En tiendas de copiado, tienen guardias que verifican lo que copias. Pero emplear guardias humanos para vigilar qué copias en tu computadora sería demasiado caro; el trabajo humano es demasiado caro. Entonces tienen guardias robot. Ese es el propósito de la Digital Millennium Copyright Act. Este software va en tu ordenador; es la única manera en que puedes acceder a cierta información y te impide copiarla.

Ahora existe un plan para introducir este software en cada disco duro, de modo que habría archivos en tu disco a los que ni siquiera podrías acceder, excepto obteniendo permiso de acceso de algún servidor de red. Esquivar este software o aun decirle a otra gente cómo esquivarlo constituye un delito.

Segundo, duros castigos. Hace unos pocos años, si hacías copias de algo y se las entregabas a tus amigos, sólo para ayudarlos, esto no era un delito; nunca había sido un delito en los EEUU. Entonces lo convirtieron en una fechoría, de modo que te pueden poner en prisión durante años por compartir con tu vecino.

Tercero, informantes. Bueno, habréis visto los anuncios en la televisión, los anuncios en el metro de Boston pidiéndole a la gente que delate a sus compañeros de trabajo a la policía de la información, que oficialmente se llama Asociación de Editores de Software.

Y cuarto, responsabilidad colectiva. En los EEUU, se ha hecho mediante el alistamiento de los proveedores de Internet, haciéndolos legalmente responsables de todo lo que sus clientes publiquen. El único modo en que pueden evitar ser considerados responsables es si siguen invariablemente el procedimiento de desconectar o retirar la información en menos de dos semanas después de recibir una queja. Hace unos pocos días, oí que un sitio que contenía una protesta inteligente criticando al City Bank por algunas de sus malvadas políticas fue desconectado de esta manera. Hoy en día, ni siquiera te juzgan; tu sitio sencillamente es ser desconectado.

Y, finalmente, propaganda, comenzando desde la infancia. Para eso se usa la palabra «pirata». Si hacéis memoria, hace apenas unos pocos años el término «pirata» se aplicaba a los editores que no pagaban al autor. Pero ahora se le ha dado la vuelta completamente. Ahora se aplica a los miembros del público que escapan al control del editor. Está siendo usado para convencer a la gente de que sólo un malvado enemigo del pueblo podría practicar la copia prohibida. Dice que «compartir con el prójimo es el equivalente moral de atacar un barco». Espero que no estéis de acuerdo, y si no lo estáis, espero que rehuséis a usar la palabra de tal manera.

Así que los editores están comprando leyes para darse más poder a sí mismos. Además, están extendiendo los plazos de duración del copyright. La Constitución de los EEUU dice que el copyright debe durar durante un tiempo limitado, pero los editores quieren que el copyright dure para siempre. Sin embargo, obtener una enmienda constitucional sería bastante difícil, así que encontraron una manera más fácil de lograr el mismo resultado. Cada veinte años extienden retroactivamente el copyright por veinte años mas. Así, el resultado es que, en un determinado momento, el copyright dura nominalmente por un cierto período y cualquier copyright dado va a expirar nominalmente algún día. Pero esa expiración nunca se alcanzará porque cada copyright se extenderá por veinte años, cada veinte años; entonces, ningún trabajo entrará en el dominio público otra vez. Este ha sido llamado el «plan del copyright perpetuo a plazos».

La ley que en 1998 extendió el copyright por 20 años se conoce como Ley de Mickey Mouse de Extensión del Copyright
5 porque uno de los principales auspiciantes de esta ley fue Disney. Disney se dio cuenta de que el copyright sobre Mickey Mouse iba a expirar, y ellos no quieren que eso ocurra nunca, pues hacen un montón de dinero con ese copyright.

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